Aunque ya hace varios años que se introdujo esta figura, aún hoy en día hay personas que desconocen que una persona jurídica puede tener responsabilidad penal.
Las empresas pueden responder penalmente de los delitos que cometan sus administradores o directores, o también de los delitos que comentan sus empleados en caso de que los directivos hayan incumplido sus deberes de vigilancia, control y supervisión. La persona jurídica no responde penalmente sobre todos los delitos, sino únicamente sobre aquellos que esté previsto en el Código Penal, y su responsabilidad será siempre independiente a la de la persona física concreta que cometa los hechos.
Por ejemplo, los delitos más frecuentes en los que puede responder penalmente una persona jurídica son: delitos contra la Hacienda Pública y contra la Seguridad Social, fraude en subvenciones y ayudas públicas, delitos de malversación y corrupción, blanqueo de capitales, acoso sexual, trata de seres humanos, tráfico de drogas, etc.
Esta responsabilidad penal de las empresas puede tener su razón en la dificultad que puedan tener los poderes públicos para investigar hechos delictivos que se cometan en el seno de una empresa. Por ello, se traslada la responsabilidad de vigilancia, control y supervisión a las empresas sobre los hechos que se realicen en su seno, y tienen la obligación de prevenir la comisión de delitos.
Por eso es tan importante contar con un programa de compliance empresarial, que regule las normas, procedimientos y controles internos de la empresa para garantizar que cumple con la legalidad, prevenga delitos y evite sanciones y responsabilidades legales.
No hay un modelo universal de programa de compliance empresarial, sino que son programas que deben crearse a medida para cada empresa, teniendo en cuenta la actividad empresarial, los riesgos propios de dicha actividad, la red de empleados, etc.
Lo más importante que debe contener un programa de compliance es la identificación de los riesgos empresariales, la creación de un código de conducta, protocolos internos de actuación, crear o designar un comité responsable de la vigilancia, control y supervisión, crear un canal interno de denuncias que garantice la protección al denunciante, que prevea formaciones a directivos y empleados sobre las normas, que también pueda establecer sanciones internas o medidas disciplinarias, y también la realización de revisiones o auditorías internas para detectar fallos y poder mejorar el programa. Tener un programa de compliance empresarial es fundamental para el buen funcionamiento de la empresa, pero también para evitar sanciones penales o administrativas, proteger la reputación de la empresa, generar confianza en los clientes, etc. Además, en relación con la responsabilidad penal de la empresa, es crucial que exista este programa, porque la persona jurídica quedará exenta de responsabilidad penal si demuestra que antes de la comisión del delito contaba con un programa de compliance adecuado y que se haya ejecutado de forma eficaz.
Sara Gabernet
Abogada Experta en Derecho Jurídico
M&C Abogados