NOVEDADES EN MATERIA DE TRAFICO PARA EL 2021

Ya está aprobado un anteproyecto de ley que reforma el Texto Refundido de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial en todo lo relacionado con el permiso y la licencia de conducción por puntos:

Los cambios mas importantes serán:

QUÉ CAMBIOS HABRÁN EN RELACIÓN A LOS PUNTOS?

AUMENTA LOS PUNTOS:
o de 3 a 6 los que se restarán por conducir sujetando con la mano un móvil
o de 3 a 4 no hacer uso del cinturón de seguridad, casco o sistema de retención infantil.


RECUPERAR 2 PUNTOS del carné por la realización de los cursos de conducción segura certificados por la DGT.

RECUPERAR EL SALDO INICIAL DE PUNTOS se unifica en dos años el plazo que habrá de transcurrir sin cometer infracciones.


¿COMO CAMBIARÁ LA VELOCIDAD PERMITIDA HASTA AHORA?

Se modificará la VELOCIDAD EN LAS CIUDADES:
o 30 km/h en vías de un único carril por sentido de circulación, o 50 km/h en vías de 2 o más carriles por sentido y o 20 km/h en vías que dispongan de plataforma única de calzada.
Estos límites no se aplicarán hasta pasados seis meses de la publicación de este proyecto en el Boletín Oficial del Estado, para que los ciudadanos los conozcan de forma adecuada y para que las administraciones públicas dispongan de un plazo suficiente para adaptar la señalización.


¿COMO ME AFECTA EL USO DE MI PATINETE, BICI O VEHICULO MOVILIDAD PESONAL?

VEHÍCULOS DE MOVILIDAD PERSONAL se definen como vehículos de una o más ruedas dotados de una única plaza y propulsados exclusivamente por motores eléctricos que pueden proporcionar al vehículo una velocidad máxima comprendida entre 6 y 25 km/h.

– Queda prohibida su circulación por las aceras y por las zonas peatonales.


-Necesitarán un certificado de circulación y No podrán circular por vías interurbanas, travesías, aceras, túneles urbanos y autovías y/o autopistas que transcurran dentro de poblado.



¿Y SI SOY UNA PERSONA COM MOVILIDAD REDUCIDA?

No aplica la definición vehículos de movilidad personal, peri si tendrás que cumplir las normas de circulación como el resto de los vehículos y queda también vedada su circulación en vías interurbanas, travesías, así como autopistas y autovías que transcurran dentro de poblado ni en túneles urbanos



¿HAY NUEVAS INFRACCIONES?

INFRACCIÓN GRAVE “llevar en el vehículo” mecanismos de detección de radares o cinemómetros, lo que supondrá la sanción de 200 euros y la pérdida de 3 puntos.


NUEVA INFRACCIÓN MUY GRAVE cometer fraude en los exámenes de conducir utilizando dispositivos de intercomunicación no autorizados. La sanción será de 500 euros y penalización de 6 meses sin poder presentarse al examen.



OTRAS REFORMAS

REBAJA LA EDAD EXIGIBLE para acceder a conducir camiones y autobuses y establece la posibilidad de que personas con problemas asociados al sistema locomotor puedan acceder a dichos permisos de conducción.


Acceso on line al registro de Conductores a las empresas de transporte de personas y de mercancías para que puedan conocer si el permiso de conducir de sus trabajadores está vigente o no.



DIANA CABALLERO AGUIRRE
CEO en Martínez & Caballero Abogados