La Instrucción SEM 3/2025, publicada por el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, supone un paso fundamental para la aplicación práctica del nuevo Real Decreto 1155/2024, que regula el régimen de extranjería en España.
En este artículo analizo sus principales novedades, qué implican para los estudiantes extranjeros y cuál es mi valoración profesional.
1. ¿Qué regula esta instrucción?
La Instrucción SEM 3/2025 aclara cómo deben tramitarse las autorizaciones de estancia de larga duración por estudios, movilidad de alumnos, servicios de voluntariado o actividades formativas.
Entre otros aspectos, precisa los requisitos, duración, acreditación de la actividad, prórrogas, incorporación de familiares y régimen transitorio para autorizaciones concedidas bajo la normativa anterior.
2. Novedades destacadas y aspectos clave
a) Reconocimiento de cursos de idiomas como estudios superiores
Se considera que ciertos cursos de idiomas presenciales, impartidos en centros reconocidos de educación superior, pueden entenderse como “estudios superiores” a efectos de la autorización, siempre que el idioma no sea la lengua materna ni la oficial del país del solicitante.
Este supuesto amplía las posibilidades de acceso para muchas personas y brinda mayor flexibilidad.
b) Flexibilidad en el abono de matrícula o inscripción
La instrucción aclara que el pago de los derechos de inscripción o matrícula se considera cumplido incluso si es fraccionado, exento o mediante convenio, siempre que se acredite. También se admite una declaración responsable cuando los plazos coincidan mal con el procedimiento administrativo.
c) Duración de la estancia
Se ofrece la opción de que la autorización coincida exactamente con la duración real de los estudios o actividad formativa, sin que sea obligatorio sumar un mes previo y quince días posteriores.
d) Prórrogas y control de antecedentes
Cuando la autorización inicial sea inferior a seis meses y, con la prórroga, el total supere ese plazo, se exige la ausencia de antecedentes penales en los países de residencia de los últimos cinco años. Además, se debe abonar la tasa correspondiente.
e) Incorporación de familiares
La instrucción permite que los familiares del estudiante (cuando corresponda) tramiten su autorización de estancia simultáneamente al titular, tanto en España como vía visado consular, siempre que el titular obtenga su autorización.
f) Régimen transitorio
Se establecen reglas para quienes tenían autorizaciones anteriores bajo el Real Decreto 557/2011, incluyendo la posibilidad de adaptar su situación al nuevo marco regulatorio, y en ciertos casos de prórroga única.
3. Mi valoración como experta en extranjería
Considero que la Instrucción SEM 3/2025 representa un avance significativo y bienvenido en el ámbito de la extranjería y movilidades académicas en España.
Aspectos positivos
- Aporta seguridad jurídica, al definir criterios claros que antes estaban dispersos.
- Facilita la movilidad académica internacional, al permitir nuevas actividades formativas y reconocer cursos de idiomas bajo ciertos requisitos.
- Brinda flexibilidad real al estudiante (duración exacta, pago de matrícula más flexible).
- Refuerza la coherencia administrativa y reduce el riesgo de decisiones arbitrarias o disparidad entre territorios.
Desafíos y recomendaciones
- Será esencial que las oficinas de extranjería y centros de enseñanza cumplan con la información y la homologación requerida; de lo contrario, pueden generarse bloqueos.
- La exigencia de certificados de antecedentes y sistemas de prórroga puede introducir cargas administrativas que demoren los procedimientos.
- Aunque la instrucción abre puertas, no elimina la necesidad de cumplir requisitos básicos (admisión en centro autorizado, medios económicos, seguro, etc.).
- Es importante que se garantice la igualdad en toda España: la instrucción solo es efectiva si se aplica de forma homogénea en todas las provincias.
4. ¿Qué implica para los estudiantes extranjeros y para ti, profesional?
Para los estudiantes:
- Es un buen momento para plantear una estancia en España, sabiendo que hay un marco más claro.
- Deben revisar que su programa formativo esté incluido, que la institución esté reconocida y que cumplan con los requisitos.
- Si ya estaban en España con autorización antigua, conviene explorar la adaptación al nuevo régimen.
Para los asesores y abogadas:
- Es imprescindible actualizar nuestros protocolos de acompañamiento, informando a los estudiantes sobre estos nuevos requisitos y oportunidades.
- Debemos revisar las solicitudes de familiares, las prórrogas y las condiciones de pago o justificación de matrícula con precisión.
- Vigilar las posibles interpretaciones diversas entre oficinas y preparar alegaciones si es necesario.
5. Conclusión
La Instrucción SEM 3/2025 constituye un hito relevante en materia de extranjería académica en España. Como experta, celebró que se avance hacia un sistema más transparente, adaptado a la realidad de estudiantes internacionales y menos rígido. Sin embargo, el éxito dependerá de su aplicación práctica en cada oficina y de la capacidad de los solicitantes para cumplir con los requisitos.
Con esta instrucción, España reafirma su compromiso como destino de estudios extranjero, equilibrando rigor legal y acogida académica internacional. Estoy convencida de que, bien aplicada, será un instrumento eficaz para fomentar el talento, la movilidad y la integración formativa.
Diana Caballero
CEO – Socia Fundadora
Martínez & Caballero Abogados





